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Los gastos de las hipotecas te persiguen hasta el último segundo. Y es que cuando por fin creemos que hemos pagado nuestro préstamo hipotecario, descubrimos que aún tenemos que hacer un último pago: la cancelación financiera de la hipoteca. Esta cancelación se paga igualmente si ya han vencido todas las cuotas o si hemos liquidado todo el importe de la hipoteca de forma anticipada.
Llegado el momento, debemos quitar la carga que existía en el Registro de la Propiedad a favor de la Entidad financiera, para que nuestra propiedad esté libre de cargas. Es lo que se conoce con el nombre de cancelación de hipoteca definitiva o cancelación registral de hipoteca. Debemos solicitarle al banco que nos firme la correspondiente “cancelación registral de hipoteca” mediante notario (que además conlleva unos gastos por extender la Escritura de Cancelación de la carga hipotecaria sobre nuestra vivienda).
Además, tenemos que llevar la escritura original (recogida previamente en el notario) a la oficina de hacienda de nuestra comunidad autónoma para liquidar el impuesto correspondiente. Una vez pagado este impuesto, llevaremos la escritura original al Registro de la Propiedad, para que nos den definitivamente de baja nuestra hipoteca (este proceso suele durar dos meses).
Por supuesto (y como ya habrás intuido al leer los párrafos anteriores) la cancelación de la hipoteca tiene unos gastos: notaría, registro, comisión por cancelación total, gestoría,… |